México decreta emergencia sanitaria por Covid-19

El Gobierno Federal encabezado por Andrés Manuel López Obrador decretó emergencia sanitaria por coronavirus tras superar los mil casos positivos detectados en el país.En canciller Marcelo Ebrard indicó que tras la reunión del Consejo de Salubridad General se acordó decretar emergencia sanitaria por causas de fuerza mayor por la pandemia del virus originario de Wuhan, China.

En conferencia de prensa vespertina, detalló que el Consejo de Salubridad General solicitó a las diferentes dependencias del gobierno federal y a los tres niveles de gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias a brindar el apoyo para el buen éxito de la declaración con diez acciones especificas.

¿Cuántos tipos de estados de emergencia nacional hay?

Existe la posibilidad de una declaración de este tipo por parte de las autoridades federales para hacer frente a la pandemia de Covid-19 en el país

  1. La Secretaría de Gobernación, mantener la comunicación y vínculo constante con los poderes de la Unión y con los gobiernos de las entidades federativas, así como las representaciones de la sociedad civil y, en conjunto con la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería de la Presidencia de la República, los medios de comunicación, para promover el cumplimiento de las medidas descritas en la declaratoria de emergencia.
  2. El INM deberá tomar las previsiones sanitarias necesarias en puertos, aeropuertos y puntos terrestres de ingreso al territorio nacional para cumplir lo dispuesto en la declaratoria de emergencia sanitaria.
  3. Las secretarías de Hacienda y Crédito Público, Economía, Trabajo, IMSS, Issste e Infonavit, en lo conducente, para operar las medidas necesarias a fin de proteger a empresas y trabajadores durante la vigencia de la declaratoria estableciendo
    comunicación permanente con sus representaciones.
  4. Las secretarías de Hacienda y Crédito Público, Economía, de Agricultura y Desarrollo Rural, para que se reúnan con los sectores productivos que participan en la distribución de la canasta básica para llevar a cabo acciones eficaces que garanticen el abasto a toda la población.
  5. Las secretarías de Bienestar, del Trabajo y Previsión Social, y aquellas dependencias que tengan atribuciones en la materia, para la aplicación de las decisiones de apoyo social acordadas por el presidente de la República; en tanto que las secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana, de la Defensa Nacional, de Marina Armada de México y la Guardia Nacional a tomar las medidas para garantizar la seguridad a las personas y sociedad conforme a sus respectivas atribuciones, así como para la protección y resguardo de instalaciones estratégicas y redes públicas de comunicación; velando siempre por el
    debido respeto a los derechos humanos.
  6. Las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Economía, de Salud, de la Función Pública, IMSS, Insabi, Issste, para resolver las necesidades de recursos humanos, equipo, dispositivos médicos y medicamentos que sean necesarios para que se garantice la atención oportuna y suficiente a quienes requieran atención médica en función de la pandemia del Covid-19.
  7. La SEP, Conacyt y los centros de educación públicos y privados, reunirse para coordinar su aportación inmediata
    en las tareas de análisis e investigación que contribuyan a hacer frente a la pandemia.
  8. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para la aplicación de disposiciones de esta declaratoria en lo que hace a vuelos,
    entradas y salidas de aeropuertos y puertos, en coordinación con la Secretaría de Marina Armada de México.
  9. La Secretaría de la Función Pública acompañará los procesos de adquisición necesarios para atender la emergencia temporal.
  10. Y finalmente, la Secretaría de Relaciones Exteriores hará lo necesario para la protección a los mexicanos en el exterior, y apoyará al sector salud, Insabi, IMSS e Issste para facilitar el abasto y suministro de insumos médicos para hacer frente al Covid-19.

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